Apostilla de la Haya



Diferencia entre una Apostilla y la Legalización
La Apostille se otorga sólo a los países signatarios del XII Convenio de la Conferencia de La Haya de Derecho Internacional Privado de 5 de Octubre de 1961.
En tanto que la Legalización se expide en aquellos casos en que el país de destino no haya suscrito el referido Convenio o los documentos provengan de las Representaciones Diplomáticas o Consulares acreditadas ante el Gobierno Nacional.
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LEGALIZACIONES POR ESTUDIO:

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Procedimientos Previos según sea el caso


DOCUMENTOINSTITUCIÓN
Títulos
● Diplomas
Programas
● Constancias
Notas Certificadas
● Actas de Grado
● Documentos de Educación Básica, Media y Superior

1. Departamento de Legalización del Ministerio del Poder Popular para la Educación


2. Departamento de Legalización del Ministerio del Poder Popular para la Educación Superior.


NOTA: Los Títulos emitidos por Universidades Privadas en todo el Territorio Nacional que vengan debidamente refrendados por el Ministro del Poder Popular para la Educación Superior, o en su defecto por el funcionario en quien se haya delegado la firma, se legalizarán directamente ante este Despacho.


DOCUMENTOINSTITUCIÓN
● Matrimonio
● Buena Conducta
● Carta de Soltería
● Actas de Nacimiento
Antecedentes Penales
● Defunción Sentencias de Divorcio
● Otros Documentos inherentes al Registro Civil.
1. Ministerio del Poder Popular para Relaciones Interiores y Justicia

DOCUMENTOINSTITUCIÓN
● Traslados de Animales y Plantas.
1. Ministerio de Producción y Comercio
2. Servicio Autónomo de Sanidad Agropecuaria (SASA)
DOCUMENTOINSTITUCIÓN
● Constancias de Trabajo.
● Cotizaciones del Seguro Social
1. Ministerio del Trabajo
DOCUMENTOINSTITUCIÓN
● Registro Automotores
● Licencias de Conducir.
● Cartas Consulares
1. Ministerio de Infraestructura
2. Dirección de Transito Terrestres
DOCUMENTOINSTITUCIÓN
● Certificados e Informes Médicos.
● Títulos de Postgrado realizados en centros Hospitalarios.
1. Ministerio de Salud
DOCUMENTOINSTITUCIÓN
● Origen, antuguedad, envejecimiento de invención.
● Calidad y apto para el consumo humano.
Ministerio de Producción y Comercio
Ministerio de Salud





NOTA DE INTERÉS: "Legalización y Apostilla" 
LA LEY APROBATORIA DEL CONVENIO PARA SUPRIMIR LA EXIGENCIA DE LEGALIZACIÓN DE LOS DOCUMENTOS PÚBLICOS EXTRANJEROS, HECHO EN LA HAYA , EL 5 DE OCTUBRE DE 1961, PUBLICADA EN LA GACETA OFICIAL Nº 36.446, DE FECHA 5 DE MAYO DE 1998, EN VIGOR DESDE EL 15 DE MARZO DE 1999.
DE ACUERDO CON EL ARTÍCULO 6 DEL CONVENIO, VENEZUELA DESIGNO COMO AUTORIDAD COMPETENTE PARA EXPEDIR EL SELLO APOSTILLA AL MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES.
TODO DOCUMENTO QUE PRESENTE EL SELLO DE LA APOSTILLA , EN VENEZUELA O EN CUALQUIER PAÍS PARTE DEL CONVENIO, SURTE EFECTOS LEGALES SIN NECESIDAD DE SER LEGALIZADO .

EL CONVENIO NO SE APLICARÁ EN LOS SIGUIENTES CASOS:

* A LOS DOCUMENTOS EXPEDIDOS POR AGENTES DIPLOMÁTICOS Y CONSULARES.
* A LOS DOCUMENTOS ADMINISTRATIVOS QUE SE REFIEREN DIRECTAMENTE A UNA OPERACIÓN MERCANTIL O ADUANERA.

LOS PAÍSES QUE EN LA ACTUALIDAD FORMAN PARTE DEL CITADO CONVENIO SON:

  • Alemania
  • Andorra
  • Antigua y Barbuda
  • Argentina
  • Armenia
  • Australia
  • Austria
  • Bahamas
  • Barbados
  • Bélgica
  • Belice
  • Bielorrusia
  • Bosnia
  • Herzegovina
  • Botswana
  • Brunei
  • Darussalam
  • Bulgaria
  • Chipre
  • Colombia
  • Croacia
  • Dominicana
  • El Salvador
  • Eslovaquia
  • Eslovenia
  • España
  • Estados Unidos de Ámerica
  • Estonia
  • Federación de Rusia
  • Fidji
  • Finlandia
  • Francia
  • Granada
  • Grecia
  • Hungría
  • Irlanda del Norte
  • Isla Marshall
  • Lesotho
  • Letonia
  • Liberia
  • Liechtenstein
  • Lituania
  • Luxemburgo
  • Macedonia
  • Antigua República Yugoslava
  • Malawi
  • Malta
  • México
  • Mónaco
  • Namibia
  • Niue
  • Noruega
  • Nueva Zelanda
  • Países Bajos
  • Panamá
  • Portugal
  • Reino Unido de Gran Bretaña
  • República Checa
  • Rumanía
  • Samoa
  • San Cristobal y Nieves
  • San Marino
  • San Vicente y Granadinas
  • Santa Lucía
  • Seychelles
  • Sudáfrica
  • Suecia
  • Suiza
  • Surinam
  • Swazilandia
  • Tonga
  • Trinidad y Tobago
  • Turquía
  • Venezuela
  • Yugoslavia

BASE LEGAL



  • * Constitución de la República Bolivariana de Venezuela.
  • * Convenio para Suprimir la Exigencia de Legalización de los Documentos Públicos Extranjeros.
  • * Código Civil.
  • * Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente.
  • * Decreto con Rango y Fuerza de Ley sobre Simplificación de Trámites Administrativos.
  • * Reglamento Orgánico del Ministerio de Relaciones Exteriores.


ACTUALIZADO 16/02/2015